¿Cómo se hace la separación de residuos en restaurantes de la Ciudad de México? Separas desde la cocina y el comedor en orgánicos e inorgánicos, como pide la Ley de Residuos Sólidos de la Ciudad de México, y usas las categorías y colores de la norma ambiental NADF-024-AMBT-2013. Son reglas de la capital: si tu restaurante está en otro estado, revisa las de tu estado y tu municipio.
La ley obliga a tu restaurante a separar sus residuos
El artículo 33 de la Ley de Residuos Sólidos de la Ciudad de México dice: «Todo generador de residuos sólidos debe separarlos en orgánicos e inorgánicos, dentro de sus domicilios, empresas, establecimientos mercantiles, industriales y de servicios». Es el texto vigente que publica la PAOT, con la última reforma publicada en la Gaceta Oficial el 24 de diciembre de 2025. El mismo artículo pide depositarlos en contenedores separados, o llevar los que se pueden aprovechar directo a los establecimientos de reutilización y reciclaje.
Si no lo haces, el artículo 69 prevé una amonestación la primera vez. La segunda, una multa de 20 a 200 veces la Unidad de Cuenta de la Ciudad de México vigente.
Si tu restaurante genera en promedio 50 kilogramos diarios o más, la ley lo considera generador de alto volumen (artículo 3, fracción XVII). En ese caso, el artículo 38 le pide pagar las tarifas de recolección que fija el Código Fiscal de la Ciudad de México, salvo que sea un establecimiento considerado contribuyente de ingresos menores, cuya recolección es gratuita.
La NADF-024-AMBT-2013 sigue siendo la norma que dice cómo separar
Su nombre completo es Norma Ambiental para el Distrito Federal NADF-024-AMBT-2013, que establece los criterios y especificaciones técnicas bajo los cuales se deberá realizar la separación, clasificación, recolección selectiva y almacenamiento de los residuos del Distrito Federal. Se publicó en la Gaceta Oficial del Distrito Federal el 8 de julio de 2015, y un acuerdo de mayo de 2016 fijó su entrada en vigor para el 8 de julio de 2017. La PAOT la mantiene en su listado de normas y ahí no aparece otra norma de separación que la reemplace.
Su numeral 3 la hace de observancia obligatoria para los generadores de residuos, personas físicas o morales, de carácter público o privado. Tu restaurante entra ahí.
La separación de residuos en restaurantes, en el día a día, cabe en tres botes de color
La norma llama separación primaria avanzada (numeral 6.1.2) a clasificar desde donde se genera el residuo. En un restaurante, lo del día a día cae en tres botes:
- Verde, biodegradables susceptibles de ser aprovechados (Tabla 2). Restos de verduras, hortalizas y frutas, cascarón de huevo, restos de café y té, filtros de papel para café y té, pan, tortillas, huesos y productos lácteos sin recipiente.
- Gris, inorgánicos con potencial de reciclaje (Tabla 3). Papel y cartón, plástico, vidrio, metales, ropa y textiles, maderas y envases multicapas.
- Naranja, inorgánicos de aprovechamiento limitado (Tabla 4). Residuos sanitarios, unicel, celofán, bolsas de frituras, plásticos con aditivos degradantes (oxo, foto y termo degradables), colillas de cigarro y chicles.
Lo del gris, dice el numeral 6.1.2.2, debe separarse «desde la fuente para evitar ser contaminados». Por eso conviene tener los botes juntos, en la cocina y en el comedor, cada uno con su rótulo.
Para enseres y muebles que ya no sirven, la norma tiene un cuarto color, marrón (numeral 6.1.2.4), y se entregan por planes de manejo, programas o jornadas de recolección. La norma te dice cómo separar, no qué desechables puedes dar. Eso lo repasamos en prohibición de plásticos en CDMX para negocios.
El aceite de cocina usado va aparte y en recipiente cerrado
La norma pone el aceite comestible usado en la lista del verde, pero con una regla propia. Según el numeral 6.1.2.1, debe entregarse al servicio público de limpia o a los prestadores de servicio privado para el manejo de este residuo, «en un recipiente cerrado».
Además, la norma NADF-012-AMBT-2015, publicada en la Gaceta Oficial el 12 de junio de 2018, se aplica a quien genera aceite usado por su actividad comercial o de servicio. Te pide guardarlo en contenedores con tapa y etiquetados, separando aceites vegetales, grasas animales y lo de las trampas de grasa (numeral 6.1.2). También pide llevar una bitácora de lo que generas y entregas (numeral 6.5.3).
Desde 2026 la recolección toma orgánicos e inorgánicos en días distintos
El Congreso de la Ciudad de México informó en abril de 2026 que desde el 1 de enero rige un esquema obligatorio de separación de residuos domésticos, parte de la campaña «Transforma tu ciudad, cada residuo en su lugar» del Gobierno de la Ciudad. No es una reforma de ley: las obligaciones y multas por no separar siguen en los artículos 33 y 69.
Los orgánicos se recogen martes, jueves y sábado, y los inorgánicos, reciclables y no reciclables, lunes, miércoles, viernes y domingo.
Ese calendario es para residuos domésticos. Si tu restaurante entrega al camión de limpia o a un servicio privado, confirma con ellos qué días y cómo reciben cada fracción. Qué agua servir en tu mesa lo vimos aparte, en agua para restaurantes.
Nuestro envase de cartón va vacío y aplanado a los reciclables
Para restaurantes tenemos agua natural en envase de cartón de 330 ml, para acompañar, y de 500 ml, para quitar la sed. El envase es principalmente cartón con capas de polietileno y aluminio, y la Tabla 3 de la norma pone el cartón y los envases multicapas en el gris. Más de tres cuartas partes del envase vienen de fuente renovable.
Como es agua, no necesitas enjuagarlo antes de aplanarlo. Aplanado ocupa poco en la bolsa de reciclables.
No recogemos tus envases vacíos. Lo que hacemos es explicarte cómo se recicla y conectarte con los puntos de acopio, que son quienes lo reciben y lo procesan, y cómo dejarlo listo lo explicamos en nuestra página de reciclaje. Lo que tenemos para tu negocio lo encuentras en restaurantes y cafeterías.
Preguntas frecuentes
¿Cómo se hace la separación de residuos en restaurantes?
En la capital, el artículo 33 de la Ley de Residuos Sólidos de la Ciudad de México obliga a los establecimientos mercantiles y de servicios a separar en orgánicos e inorgánicos. La norma NADF-024-AMBT-2013 detalla los botes: verde para biodegradables, gris para inorgánicos con potencial de reciclaje y naranja para los de aprovechamiento limitado.
¿En qué bote van las servilletas de papel usadas?
En los orgánicos. La Tabla 1 de la norma NADF-024-AMBT-2013 de la Ciudad de México pone las «servilletas de papel usadas» del lado de los residuos orgánicos. El papel de baño y los pañuelos usados, en cambio, están en su Tabla 4, de aprovechamiento limitado.
¿Qué hago con el aceite de cocina usado del restaurante?
El numeral 6.1.2.1 de la norma NADF-024-AMBT-2013 de la Ciudad de México dice que el aceite comestible debe entregarse al servicio público de limpia o a los prestadores de servicio privado para el manejo de este residuo, en un recipiente cerrado. Para negocios también aplica la NADF-012-AMBT-2015, que pide contenedores con tapa y etiquetados y una bitácora de generación y entrega.
¿Qué pasa si mi restaurante no separa la basura en la CDMX?
El artículo 69 de la Ley de Residuos Sólidos de la Ciudad de México prevé una amonestación la primera vez que se incumple el artículo 33, que obliga a separar. La segunda vez, una multa de 20 a 200 veces la Unidad de Cuenta de la Ciudad de México vigente.
